De la Osada | Abogado Marbella

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Contratos y Derechos Reales
Miguel Carlos de la Osada Fuentes, Abogado

Podrá contar con la colaboración del abogado Miguel Carlos de la Osada Fuentes, el cual pondrá a su disposición todos los remedios procesales o extrajudiciales que la situación requiera en cada caso.

La obligación es aquella relación jurídica en virtud de la cual una persona denominada acreedor tiene derecho de exigir de otra persona denominada deudor el cumplimiento de una determinada prestación, y esta última, tiene el deber jurídico de cumplirla. De otro lado, el contrato es la convención o acuerdo de voluntades para la creación de una obligación de dar, de hacer o no hacer.

Por su parte, el derecho real se define como el poder, otorgado por el ordenamiento jurídico, inmediato y absoluto sobre una cosa, que implica en su titular un señorío pleno o parcial sobre la misma. El derecho real es, por tanto, un poder directo del sujeto sobre el objeto, al que acompaña un deber de abstención o respeto de tal poder por parte de todos, deber que tiene más la consideración de público que de privado, civil e integrante del concepto del derecho real.

Para la constitución, modificación o extinción de estos vínculos obligatorios o de los derechos reales sobre los bienes es precisa la participación de un profesional cualificado que nos asesore y garantice el buen fin de la operación. También en aquellos supuestos en los que el deudor contraviene el derecho del acreedor o no llega a ajustar su comportamiento a las precisiones establecidas en el acto o negocio jurídico de constitución de la relación obligatoria será preciso acudir al Derecho para que nos ampare y ayude para exigir al mismo el cumplimiento de su obligación y, en su caso, el resarcimiento de los daños y perjuicios producidos.